Preguntas Frecuentes

¿Que la Deuda Pública? Por deuda pública o deuda soberana se entiende al conjunto de deudas que mantiene un Estado frente a los particulares u otro país.


¿Qué es la deuda pública interna? Se considerará deuda pública interna, aquella contraída con personas físicas o jurídicas residentes o domiciliadas en la República del Paraguay, cuyo pago puede ser exigible dentro del territorio nacional.


¿Qué es la deuda pública externa? Se entenderá por deuda pública externa aquella contraída con otro Estado u organismo internacional o con cualquier otra persona física o jurídica sin residencia o domicilio en la República del Paraguay, cuyo pago puede ser exigible fuera del territorio nacional.


¿Qué es la deuda pública directa? La deuda pública directa de la Administración Central es la asumida por la misma en calidad de deudor principal.


¿Qué es la deuda pública indirecta? La deuda pública indirecta de la Administración Central es la constituida por cualquier persona física o jurídica, pública o privada, distinta de la misma, pero que cuenta con su correspondiente aval, fianza o garantía, debidamente autorizado por ley.


¿Cómo se origina el endeudamiento? El endeudamiento que resulte de las operaciones de crédito público se denominará deuda pública y puede originarse en:

• la emisión y colocación de títulos, bonos u obligaciones de largo o mediano plazo, relativos a un empréstito;

• la emisión y colocación de bonos y letras del Tesoro, cuyo vencimiento supere el ejercicio financiero;

• la contratación de empréstitos con instituciones financieras;

• la contratación de obras, servicios o adquisiciones cuyo pago total o parcial se estipule realizar en el transcurso de más de un ejercicio financiero, siempre y cuando los conceptos que se financien se hayan devengado anteriormente;

• el otorgamiento de avales, fianzas y garantías, cuyo vencimiento supere el período del ejercicio fiscal; y

• la consolidación, conversión y renegociación de otras deudas.
(Artículo 41º Ley 1535/99)

Adicionalmente, en la Dirección General de Política de Endeudamiento se manejan las cooperaciones técnicas no reembolsables (CTNR) con organismos bilaterales y multilaterales.


¿Qué es el servicio de la deuda pública? El servicio de la deuda pública comprenderá las amortizaciones o pagos de capital, intereses, comisiones y otros cargos contemplados en los respectivos contratos o convenios, que serán atendidos según las normas y procedimientos legales establecidos y las previsiones del presupuesto. El Banco Central del Paraguay, en su carácter de agente financiero del Estado, actuará en todas las gestiones de transacción y operaciones relacionadas con el servicio de la deuda pública.


¿A qué se denomina Bonos Soberanos? El bono soberano es un bono emitido por el Gobierno en el mercado internacional; su tasa se expresa por lo general como spread sobre un bono del tesoro del gobierno de los Estados Unidos, y da cuenta del riesgo país.


¿Cómo se autoriza la emisión de Bonos del Tesoro? La Ley Anual de Presupuesto General de la Nación autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a emitir y mantener en circulación Bonos de la Tesorería General hasta un tope fijado en dicha normativa. La emisión y colocación de los mencionados Bonos podrán realizarse en el mercado local, así como en el internacional, en guaraníes o en moneda extranjera y en forma desmaterializada. Podrán ser emitidos directamente por el Ministerio de Hacienda, a través del Banco Central del Paraguayo de un Agente Financiero autorizado por un contrato de servicios. Cuando la emisión y transacción de Bonos del Tesoro se realizan en el mercado nacional estarán sujetas a las leyes nacionales; y cuando se realizan en el mercado internacional, estarán sujetas a las leyes aplicables del Estado de Nueva York de los Estados Unidos de América y sometidas a la jurisdicción de los tribunales de dicho Estado.


¿Cuál es el destino de los fondos provenientes de la deuda pública? El crédito público podrá utilizarse para inversiones productivas, para atender casos de evidente necesidad o emergencia nacional, para reestructurar su organización o para refinanciar sus pasivos, incluyendo los intereses, comisiones y gastos respectivos. Se prohíbe realizar operaciones de crédito público para financiar gastos corrientes.